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  Régimen Tarifario  

Las tarifas son el valor que EDATEL cobra al usuario a cambio de la prestación del servicio de Telecomunicaciones. Estas se fijan de acuerdo con unas disposiciones legales y regulatorias buscando el equilibrio entre las empresas, los clientes y el mercado.

¿La Comisión de Regulación de Telecomunicaciones fija las tarifas?
No, la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones fija un marco para cada régimen tarifario basada en la Ley. En este marco regulatorio no se determina la tarifa sino las metodologías y lineamientos a seguir.

¿Qué es el régimen tarifario de libertad regulada?
Es el régimen de tarifas mediante el cual la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones fija los criterios y las metodologías con base en los cuales las empresas prestadoras del servicio de telecomunicaciones pueden determinar o modificar los precios máximos para la prestación de los servicios ofrecidos al usuario.

¿Qué es el régimen tarifario de libertad vigilada?
Es el régimen de tarifas mediante el cual las empresas de servicios de telecomunicaciones pueden determinar libremente los precios, con la obligación de informar por escrito a la Comisión de Regulación de Telecomunicaciones.

¿Qué es el régimen tarifario de libertad plena?
Es el régimen en el cual el mercado regula las tarifas.

¿Cuál régimen tarifario aplica EDATEL?
EDATEL aplica el régimen tarifario de libertad regulada para el componente local (cargo fijo, llamadas en el mismo municipio y derechos de conexión) y el régimen tarifario de libertad vigilada para el componente por distancia (las bandas tarifarias).

¿Qué es una banda tarifaria?
Es el cobro que se hace por una llamada teniendo en cuenta la distancia entre el origen y el destino de la llamada. Esta distancia se da en términos de kilómetros aéreos, no geográficos. Actualmente EDATEL tiene dos bandas tarifarias en Antioquia (de 0 a 40 Km y más de 41 Km) y una en el departamento de Córdoba

¿Cuáles cobros se pueden incluir en la tarifa del servicio de Local Extendida?
Un cobro por el consumo variable medido por la duración en tiempo de la llamada.

En el servicio de Local Extendida se presentan dos tipos de consumo variable: las llamadas en el mismo municipio, medidas y cobradas en minutos y las llamadas por fuera del municipio pero dentro del mismo departamento, las cuales se miden y cobran por minuto y fracciones de minuto.

Un cargo fijo para cubrir los costos que garantizan la disponibilidad permanente del servicio como son la infraestructura de telecomunicaciones, los gastos de administración, facturación, medición, entre otros.

Cargos de Conexión, para cubrir los gastos de materiales de la instalación, recuperar parte de la inversión inicial, etc.

Cargo por reconexión y reinstalación del servicio, que son cobros que EDATEL puede hacer para recuperar los gastos en incurre cuando se trata de reponer el servicio.

Intereses de mora que es un cobro que se le hace al usuario en el caso de retrasos en el pago del servicio.

¿Qué son los subsidios?
Los subsidios consisten en cobrar un valor menor al costo del servicio a los clientes de los estratos 1, 2 y 3.

¿Qué puede subsidiarse y en que porcentaje?
Se subsidia el cargo fijo, los primeros 250 minutos en el consumo de llamadas locales (llamadas en el mismo municipio) y derechos de conexión de la telefonía básica en los siguientes porcentajes:

Para estrato 1 hasta el 50%
Para estrato 2 hasta el 40%
Para estrato 3 hasta el 15%

¿Qué porcentajes aplica EDATEL?
Para estrato 1 el 15%
Para estrato 2 el 10%
Para estrato 3 el 0%

¿Por qué EDATEL aplica estos porcentajes?
Por que no existen suficientes clientes en los estratos 5, 6 e industrial y comercial que aporten la contribución necesaria para otorgar los subsidios máximos.

¿Qué son las contribuciones?
Son el mayor valor que se le hace al costo del servicio para estratos 5, 6, e industrial, comercial y de servicios y se aplica a los mismos conceptos tarifarios que se subsidian. Este mayor valor es del 20% a partir de enero del 2001 y es calculado sobre los cargos tarifarios del estrato 4. Las contribuciones las establece la Ley para subsidiar a los estratos 1, 2 y 3.
El estrato 4 paga el valor real del servicio sin recibir subsidio ni pagar contribuciones.

¿Qué es el estrato socioeconómico?
El estrato es el nivel de clasificación entre 1 y 6 a los que pertenece un grupo de viviendas con características físicas y de ubicación similares.

¿Qué factores se tienen en cuenta para estratificar una vivienda?
Fundamentalmente se estratifica con base en: la localización de la vivienda, las características físicas de la misma y la infraestructura de su entorno.

¿A quién le corresponde determinar el estrato?
Según lo dispone la Ley, es la Secretaría de Planeación de cada municipio, con base en las metodologías de Planeación Nacional, la que debe encargarse de estratificar. Cualquier reclamo que el usuario desee hacer al respecto, debe dirigirlo al Comité Permanente de Estratificación que coordina esta oficina.

El Vocal de Control no podrá invocar su calidad de tal para obtener beneficio personal, ni actuar motivado por intereses políticos o ajenos a sus funciones, ni efectuar cobros a sus representados para realizar gestiones ante las empresas prestadoras de los servicios.

¿Qué incidencia tiene el estrato en la fijación de las tarifas?
Inciden en la fijación de las tarifas de los servicios públicos domiciliarios y en los cargos tarifarios que establezca la Ley y la regulación.

 
 
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